El nuevo régimen de segunda oportunidad para consumidores insolventes: «¿No hay plazo que no llegue, ni deuda que no se pague?»


El mecanismo de segunda oportunidad ha constituido una de las novedades más criticadas por la doctrina desde su origen, por lo que el legislador ha tratado de reformarla y otorgar al consumidor (y a la persona física en general) un procedimiento concursal que constituya una vía de escape a la responsabilidad universal contemplada en el artículo 1911 del Código Civil. Sin embargo, la reforma resulta inútil e insuficiente, por lo que está abocada al fracaso.

Localización: Revista CESCO de Derecho de Consumo núm. 16/2015, Universidad de Castilla-La Mancha, págs. 39-72.

Ejemplar dedicado a: SEGUNDA OPORTUNIDAD PARA CONSUMIDORES; USURA; VICIOS CONSTRUCTIVOS; NUEVOS ALIMENTOS Y OTROS.

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