Los nuevos deberes de información al tomador del seguro, los mecanismos de solución de conflictos y el régimen de cantidades adelantadas a cuenta del precio durante la construcción en la compra de viviendas tras la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (LOSSEAR)


El pasado 14 de julio fue publicada la Ley 20/2015 de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (LOSSEAR) cuyo objetivo principal es la transposición al ordenamiento español de la Directiva 2009/138/CE (más conocida como Directiva «Solvencia II»), así como sus modificaciones posteriores. Esta transposición resulta tardía por cuanto debió ser incorporada antes del 31 de octubre de 2012, pospuesta por la Directiva 2012/23/UE, de 12 de septiembre, hasta el 30 de junio de 2013 la fecha de transposición y para el 1 de enero de 2014 la fecha de aplicación. Sin embargo, tal y como se temía parte del sector, el proceso ha sido más lento y la fecha de entrada en vigor general es el 1 de enero de 2016.

Localización: Revista CESCO de Derecho de Consumo núm. 15/2015, págs. 152-177.

Ejemplar dedicado a: FACTURAS ELECTRÓNICAS; LEY MODELO AMERICANA SOBRE ACCESO DE LOS FIDUCIARIOS A LOS ACTIVOS DIGITALES; CROWDLENDING; COMPRAS POR INTERNET; RESOLUCION DE CONFLICTOS; OTROS.

Compartir esta publicación

Publicaciones relacionadas